PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO PROGRAMA DE ORGANIZACION CIUDADANA, POC.


El plazo en cuenta regresiva:
¡Elecciones y respeto a la Constitución YA


I. ANTE EL DOLOR DEL PUEBLO VENEZOLANO

El 24 de junio de 2026, mientras Venezuela conmemoró el bicentenario de la Batalla de Carabobo,

nuestra tierra fue sacudida por una serie de terremotos que dejaron víctimas, familias destruidas,

hogares en escombros e infraestructura devastada en varias regiones del país. El POC, junto a los

más de 25 organismos que lo integran dentro y fuera del territorio nacional, expresa su más profunda

solidaridad y dolor con cada venezolana y venezolano afectado.

Esta tragedia revela, con una crudeza que no admite evasión, lo que representa vivir bajo un Estado

fallido: sin capacidad de respuesta institucional, sin infraestructura capaz de soportar emergencias,

sin liderazgo legítimo que convoque y coordine, dependiendo enteramente de la ayuda extranjera para

rescatar a los propios ciudadanos. El dolor de las víctimas del terremoto no es solo una tragedia

natural: es también el resultado de décadas de demolición institucional, de corrupción sistemática y de

un modelo de poder que privilegió su perpetuación sobre el bienestar del pueblo. Venezuela merece

un Estado que proteja a su gente. Eso solo es posible con un gobierno legítimo, fuerte y elegido

democráticamente.

II. EL 3 DE JULIO: VENCIMIENTO DEL PLAZO CONSTITUCIONAL

Con base en el análisis jurídico elaborado por los juristas de esta Plataforma Social, y en particular en

la opinión del Dr. Jesús A. Jiménez Peraza, abogado constitucionalista larense, el POC expone lo

siguiente:

Desde el 3 de enero de 2026, el Presidente de la República no ejerce sus funciones en el territorio

nacional. La Sala Constitucional del TSJ dictó la sentencia N° 0001 de esa misma fecha, invocando los

artículos 234 y 239.8 de la Constitución —normas que rigen las faltas temporales— y ordenó a la

Vicepresidenta Ejecutiva asumir la Presidencia "en condición de encargada". Al fundamentarse

expresamente en el artículo 234, la Sala calificó implícitamente la ausencia como falta temporal,

activando los plazos constitucionales con todo su rigor.

Conforme al artículo 234 de la CRBV, la suplencia del Vicepresidente opera hasta por noventa días

(vencidos el 3 de abril de 2026), prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa días

más. La Asamblea Nacional no se pronunció el 3 de abril, pero esa omisión no detuvo el reloj

constitucional: los segundos 90 días corrieron de pleno derecho, y el 3 de julio de 2026 se agotan

irremediablemente los 180 días que la Constitución prevé como límite máximo de una falta temporal.

El único aparte del artículo 234 es categórico: prolongada la falta temporal más allá de ese plazo sin

solución, la consecuencia es que debe declararse la falta absoluta. Operada la falta absoluta dentro

de los primeros cuatro años del período constitucional, el artículo 233 ordena proceder a nueva

elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos 


III. LLAMADO A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL

El pueblo venezolano ha agotado todos los mecanismos democráticos internos disponibles. Ha votado,

ha protestado, ha recurrido a la justicia y ha resistido con una entereza histórica. Frente a instituciones

capturadas que no aplican la Constitución que juraron defender, la presión de la comunidad

internacional no es una injerencia: es una obligación ética y un imperativo del derecho

internacional de los derechos humanos.

El POC —en nombre de sus organizaciones integrantes y de los venezolanos en la diáspora— exige y

solicita a los gobiernos democráticos, a los organismos multilaterales, a la Organización de Estados

Americanos, al Grupo Internacional de Contacto y a toda instancia con capacidad de influencia, que

ejerzan presión firme, coordinada y sostenida para que en Venezuela se convoquen elecciones

presidenciales libres, apegadas a la Constitución y con acompañamiento internacional

verificable. Venezuela no puede darse el lujo de un interinato indefinido mientras sus ciudadanos

fallecen bajo escombros sin que el Estado pueda auxiliarlos. ¡Elecciones y respeto a la Constitución

Ya!

 

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